Beneficios del Seguro Social basadas en sus antecedentes (en caso de fallecimiento) que se abonan al:
- Viudo/a mayor de 60 años, de 50 años si es discapacitado, o de cualquier edad si cuida de un hijo menor de 16 años o discapacitado antes de los 22 años.
- Los hijos, si son solteros y menores de 18 años, menores de 19 años pero aún estudian, o mayores de 18 años pero incapacitados antes de los 22 años.
- Padres si usted proporcionó al menos la mitad de su manutención.
Un ex-cónyuge también puede ser elegible para un beneficio de viudez en su expediente. Se puede hacer un pago único especial de $255 a su cónyuge o hijos menores.